PROMOVEMOS LA CONVIVENCIA ARMÓNICA
¿Qué es la CULTURA? DEFINICIÓN más EJEMPLOS
Hoy más que nunca necesitamos estar unidos como país para enfrentar y superar los desafíos que se nos presenten. Y cuando decimos “estar unidos”, nos referimos a identificarnos todos como parte del Perú, sin importar las diferencias. ¿Cómo podremos lograrlo? ¿Cómo promover una sana convivencia sin discriminación?
¿QUÉ ENTENDEMOS POR CULTURA?
La cultura es un sistema complejo de conocimientos y de costumbres que caracteriza a una población determinada y que es transmitido a las generaciones siguientes. El lenguaje, los hábitos y los valores son algunos de los aspectos que forman parte de la cultura.
La cultura es el resultado de la acumulación de experiencias y de la adaptación a diferentes circunstancias, que tuvo una población durante un largo período. Es la cultura la que garantiza la supervivencia del grupo social.
La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) definió a la cultura como “el conjunto de los rasgos distintivos espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan a una sociedad o a un grupo social y que abarca, además de las artes y las letras, los modos de vida, las maneras de vivir juntos, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias”.
¿CUÁLES SON SUS CARACTERÍSTICAS?
La cultura se caracteriza por ser aprendida, compartida y dinámica, es decir, que se adapta al contexto con el objetivo de garantizar la supervivencia del grupo social.
La cultura no es algo instintivo o natural del ser humano, sino que es producto del aprendizaje que incorpora durante toda la vida. Es una capacidad que lo diferencia del resto de los animales.
La forma de vida en comunidad hace posible la continuidad de la cultura. Existe una amplia diversidad cultural como tantas sociedades o países hay en el mundo, es decir, las diferentes culturas pueden convivir.
¿QUÉ ELEMENTOS POSEE?
Si bien existen diversas culturas muy diferentes entre sí, todas comparten los siguientes elementos:
- Los símbolos que son reconocibles por toda la comunidad.
- El idioma y el lenguaje particular.
- La idiosincrasia, es decir, el modo de ser de las personas.
- El sistema de creencias que le da una dirección a la vida, como la religión o los rituales.
- Los valores que proveen de un orden social.
- Las leyes que regulan un determinado sistema de normas y sanciones.
- Las costumbres, como el tipo de música, de vestimenta o de comida.
- Las celebraciones colectivas, como una fiesta patria o el carnaval.
- El avance de la tecnología que impacta en el desarrollo de la vida cotidiana.
¿QUÉ DIFICULTADES ENCUENTRA LA CULTURA EN SU INCLUSIÓN A LA SOCIEDAD?
Se presentan dos:
LA EXCLUSIÓN: Es la situación de marginación o segregación en que se encuentran determinados grupos en una sociedad, especialmente minorías étnicas, religiosas o raciales. Son las condiciones desventajosas en el acceso a bienes, servicios y recursos en relación con otros grupos sociales que, por razones diversas, se encuentran en posiciones privilegiadas.
LA DISCRIMINACIÓN: Es un acto que limita o perjudica el acceso a derechos de las personas afectadas. Se basa en el trato diferenciado y desigual hacia una persona o un grupo en diversos ámbitos de la vida social en función de una o varias categorías, sean estas reales, atribuidas o imaginarias, tales como la cultura, el género, la edad o la clase social.
Exclusión social
¿LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD SERÁN VÍCTIMAS DE EXCLUSIÓN?
Por desgracia sí, es por eso por lo que se establece la ley general de la persona con discapacidad N°29973 en la cual se menciona que:
ARTÍCULO 1. FINALIDAD DE LA LEY
La presente Ley tiene la finalidad de establecer el marco legal para la promoción, protección y realización, en condiciones de igualdad, de los derechos de la persona con discapacidad, promoviendo su desarrollo e inclusión plena y efectiva en la vida política, económica, social, cultural y tecnológica.
ARTÍCULO 2. DEFINICIÓN DE PERSONA CON DISCAPACIDAD
La persona con discapacidad es aquella que tiene una o más deficiencias físicas, sensoriales, mentales o intelectuales de carácter permanente que, al interactuar con diversas barreras actitudinales y del entorno, no ejerza o pueda verse impedida en el ejercicio de sus derechos y su inclusión plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones que las demás.
ARTÍCULO 45. DERECHO AL TRABAJO
45.1 La persona con discapacidad tiene derecho a trabajar, en igualdad de condiciones que las demás, en un trabajo libremente elegido o aceptado, con igualdad de oportunidades y de remuneración por trabajo de igual valor, y con condiciones de trabajo justas, seguras y saludables.
45.2 El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) y los gobiernos regionales promueven y garantizan el respeto y el ejercicio de los derechos laborales de la persona con discapacidad, así como el desarrollo de sus capacidades y habilidades, a través de las distintas unidades orgánicas que tengan esas funciones.
ARTÍCULO 49. CUOTA DE EMPLEO
49.1 Las entidades públicas están obligadas a contratar personas con discapacidad en una proporción no inferior al 5% de la totalidad de su personal, y los empleadores privados con más de cincuenta trabajadores en una proporción no inferior al 3%.
49.2 Previamente a toda convocatoria, las entidades públicas verifican el cumplimiento de la cuota del 5%, con independencia del régimen laboral al que pertenecen. La entidad pública que no cumpla con la cuota de empleo se sujeta al procedimiento establecido en el reglamento de la presente Ley.
49.3 Las multas por el incumplimiento de la cuota de empleo de personas con discapacidad en el Sector Público se destinan a financiar programas de formación laboral y actualización, así como programas de colocación y de empleo para personas con discapacidad. Corresponde al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo la fiscalización en el ámbito privado y a la Autoridad Nacional del Servicio Civil, en coordinación con el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), en el Sector Público
49.4 La vacante producida por la renuncia, el despido justificado, la jubilación o el fallecimiento de un trabajador con discapacidad en una entidad pública es cubierta por otra persona con discapacidad, previo concurso.
¿QUÉ ES EL CONADIS?
Es el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, siendo su abreviatura CONADIS. Esta entidad trabaja para garantizar el reconocimiento y la protección de los derechos de las personas con discapacidad, generando condiciones en su entorno que, superando brechas y eliminando obstáculos, les permitan ejercerlos en igualdad de condiciones que las demás.
Al inscribirse en el CONADIS obtendrán una resolución y recibirán un carné de Persona con Discapacidad, de esta forma podrán acceder a varios beneficios que les corresponde, como jubilación adelantada, distintivo vehicular, pasajes libres en el transporte público, tarifas deportivas preferenciales, exoneración de pagos, tratamientos y terapias, entre otros.
Al derecho y al revés: Derechos de la persona con discapacidad - PUCP
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- ¿Por qué es importante valorar la identidad cultural heredada de la familia y los aportes de las culturas migrantes?
- ¿Sientes que los peruanos estamos representados debidamente en los comerciales y diversos programas de televisión? ¿Por qué?
- ¿Te has sentido discriminado o excluido alguna vez? ¿Por qué? ¿Has discriminado o excluido a alguien alguna vez? ¿Por qué?
- ¿Cuál es tu opinión sobre el CONADIS? ¿Te parecen adecuados los beneficios? ¿Por qué?
6. La nueva administración de la empresa ha despedido a tu primo solo porque presenta una discapacidad ¿Será un acto de discriminación? ¿Por qué? ¿Qué le aconsejarías? (ten en cuenta la ley 29973)
7. Elabora un afiche donde propongas tres acciones que los adolescentes pueden tomar para evitar y rechazar las prácticas de exclusión y de discriminación.